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El caso de Filogonio García Maldonado una vez más recuerda a los inmigrantes que aún los residentes permanentes legalmente admitidos por muchos años en EE.UU. pueden ser deportados por ciertos actos o comportamientos. A menos que tal residente permanente se convierta en ciudadano naturalizado de EE.UU., siempre estará sujeto a deportación, muchas veces por crímenes menores que impondrían castigos menores a ciudadanos.
El Sr. Maldonado, ciudadano Mexicano, llegó a EE.UU. legalmente en 1964. Treinta años después, se declaró culpable de asalto con arma mortal. Años después, un jurado lo encontró culpable de “no parar y de no brindar su ayuda” después de involucrarse en un accidente vehicular fatal. El regresó a México voluntariamente y volvió a EE.UU. dos años más tarde. Los funcionarios de inmigración lo acusaron de ser un “extranjero inadmisible” e iniciaron procedimientos de deportación.
Bajo la ley de inmigración, los inmigrantes (aún los residentes legales permanentes) pueden ser deportados si son condenados de dos “crímenes menores que involucran inmoralidad.” El juez de inmigración determinó que el asalto con arma mortal, y el delito de no parar su vehículo y no brindar su ayuda son crímenes de bajeza moral justificando la deportación del Sr. Maldonado. También determinó que los inmigrantes condenados por crímenes que involucran bajeza moral no son elegibles para el “amparo judicial discrecional a la deportación.” El abogado del Sr. Maldonado registró inmediatamente un apelación argumentando que el delito mencionado no es un crimen que involucra bajeza moral y por tanto el Sr. Maldonado debería ser elegible para solicitar amparo discrecional a la deportación.
La corte federal de apelaciones afirmó el fallo del juez de inmigración. La corte declaró que las ofensas criminales son “crímenes de bajeza moral” si estos eran crímenes en la jurisdicción donde ocurrieron y es un crimen de bajeza moral según el estándar generalmente prevaleciente en Estados Unidos. La bajeza moral es también “la conducta que ofende profundamente la consciencia del público por ser intrínsecamente deshonesta, vil, o depravada, y contraria a las reglas aceptadas de moralidad y las debidas obligaciones entre las personas o con la sociedad en general.
La corte agregó que “El Sr. Maldonado fue condenado por irse intencionalmente de la escena de un accidente de tránsito grave y que por lo tanto él tenía conocimiento que ocurrió el accidente. Cuando un conductor sabe que estuvo involucrado en un accidente, él sabe necesariamente que es un delito irse, o por lo menos, irse sin intentar proveer asistencia razonable.” Incumplir eso es un crimen de bajeza moral.
Bajo la ley, los inmigrantes condenados aún por una Felonía (crimen mayor) que involucre bajeza moral pueden ser deportados y por tanto inelegibles para el amparo discrecional a la deportación. El crimen de bajeza moral debe haber sido cometido dentro de los 5 años de la fecha en que el inmigrante entró a Estados Unidos. Y, la felonía debe ser un crimen por el cual se pueda imponer una sentencia de un 1 año o más en cárcel. Esto aplica aún si al inmigrante le dan una sentencia suspendida y nunca pasa un día en cárcel.
Un experimentado abogado de defensa criminal puede algunas veces evitar la deportación de inmigrantes condenados al conciliar con los abogados acusadores o el juez para reclasificar el crimen.
JESS J. ARAUJO, ESQ.